sociedad · 7 may · 7 medios · 2 con postura calificada · 1 país · actualizado hace 131 días
La Justicia europea ve discriminatorio exigir a los refugiados diez años de residencia para acceder a ayudas sociales
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado que exigir diez años de residencia para acceder a ayudas sociales es discriminatorio. Esta decisión, surgida de un caso italiano, afecta principalmente a los no nacionales y es contraria al derecho de la Unión.
Qué pasóEl Tribunal de Justicia de la Unión Europea invalidó la exigencia de un periodo mínimo de arraigo para acceder a subsidios públicos tras una consulta judicial en Italia.Diario de Cádiz +5
Por qué importaEl fallo judicial establece que estas condiciones perjudican desproporcionadamente a los ciudadanos extranjeros y configuran una discriminación indirecta que vulnera las normas comunitarias fundamentales.El Mundo +1
Los númerosLa normativa cuestionada imponía una barrera de 10 años de permanencia previa continuada para que personas con protección internacional pudieran cobrar prestaciones asistenciales.El Mundo +5
Leer la síntesis completa, frase a frase
Toca cualquier frase para ver de qué medios salió.
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) declaró discriminatorio un requisito para acceder a ayudas sociales. Dicho requisito exigía a los solicitantes un mínimo de diez años de residencia en el territorio. La sentencia del TJUE fue anunciada este jueves y responde a una consulta de un tribunal italiano. El caso italiano se refería a un extranjero con protección internacional al que se le retiró una ayuda. La retirada de la ayuda social se debió a que el extranjero no cumplía el requisito de residencia. El fallo del TJUE señala que el criterio de residencia afecta principalmente a los no nacionales. El tribunal considera que esta exigencia constituye una forma de discriminación indirecta. La exigencia de años de arraigo para acceder a ayudas sociales es contraria al derecho de la Unión.
