economia · 11 may · 11 medios · 10 con postura calificada · 2 países · actualizado hace 127 días
La CNMV multa a Gerard Piqué y José Elías por información privilegiada de la oferta de Atrys sobre Aspy
La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha sancionado a Gerard Piqué y José Elías por el uso de información privilegiada. Las multas se impusieron en relación con la oferta de adquisición de Atrys Health sobre Aspy Global Services.
Qué pasóEl regulador bursátil español castigó a Gerard Piqué y José Elías por operar con datos confidenciales durante la adquisición de Aspy por Atrys.Expansión +5
Por qué importaEl organismo regulador calificó los hechos como una infracción muy grave porque Elías ejercía como consejero directo de la firma afectada en 2021.El Mundo +2
Los númerosLas sanciones conjuntas alcanzan los 300.000 euros, imponiendo 200.000 a Piqué —quien ganó 46.000 euros— y 100.000 al empresario Elías.Expansión +3
Qué sigueLos sancionados disponen de la vía judicial ordinaria para impugnar el dictamen oficial publicado en el BOE ante la Audiencia Nacional.Infobae México +2
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La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) sancionó a Gerard Piqué y al empresario José Elías. La sanción se impuso por el uso de información privilegiada en el mercado bursátil español. La información privilegiada estaba relacionada con la oferta de Atrys Health para adquirir Aspy Global Services. Gerard Piqué, exfutbolista y empresario, recibió una multa de 200.000 euros por parte de la CNMV. El empresario José Elías fue sancionado con una multa de 100.000 euros por la misma infracción. La multa total impuesta por la CNMV a ambos individuos ascendió a 300.000 euros. La CNMV consideró el uso de información privilegiada como una infracción muy grave. Piqué obtuvo ganancias de aproximadamente 46.000 euros mediante esta operación bursátil. Las acciones de Piqué ocurrieron mientras aún era jugador del FC Barcelona. José Elías era consejero de Aspy, la empresa objetivo de la oferta de Atrys Health. La resolución de la CNMV fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La decisión de la CNMV sobre las multas es recurrible ante la Audiencia Nacional.
