sociedad · 29 jun · 3 medios · 1 país · actualizado hace 74 días
La AEPD advierte sobre multas de hasta 100.000 euros por fotocopiar el DNI sin justificación
La Agencia Española de Protección de Datos alerta que la reproducción innecesaria del documento de identidad vulnera la normativa vigente y puede derivar en sanciones económicas severas.
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La Agencia Española de Protección de Datos advirtió que solicitar o almacenar fotocopias del Documento Nacional de Identidad sin una base legal puede acarrear sanciones considerables. Las multas por realizar copias o fotografías de este documento de identificación personal han llegado a alcanzar los 100.000 euros en determinados casos. El organismo regulador sostiene que exigir una reproducción del carné para trámites cotidianos vulnera el principio de minimización de datos establecido en el Reglamento General de Protección de Datos. Durante gestiones comunes como el registro en hoteles o el alquiler de vehículos, esta práctica se considera innecesaria al recopilar un exceso de información del ciudadano. En España, el Documento Nacional de Identidad es obligatorio para todos los residentes que hayan cumplido los 14 años de edad. Dicha obligatoriedad se extiende también a los ciudadanos de la misma edad que vivan en el extranjero pero permanezcan en el país más de seis meses. Para los menores de 14 años, la expedición de este documento oficial de identificación mantiene un carácter voluntario según la normativa vigente. Posteriormente a las advertencias emitidas, se busca que las entidades utilicen métodos de verificación de identidad que no impliquen la reproducción física o digital del soporte.
